Se podrán firmar contratos desde WhatsApp, en colaboración con DocuSign

WhatsApp, la popular plataforma de mensajería propiedad de Meta, ha anunciado una innovadora función en colaboración con DocuSign, la firma de documentos en línea. Esta nueva funcionalidad permitirá a los usuarios y empresas firmar documentos directamente desde la aplicación de WhatsApp, ofreciendo un proceso rápido y seguro para el envío de documentos firmados. Esta actualización representa un importante avance para WhatsApp, que sigue expandiendo su…

Leer más

El NIP de las tarjetas bancarias tiene el carácter de una firma electrónica.

Tesis: 1a. XLIX/2019 (10a.)Primera SalaSemanario Judicial de la FederaciónPublicación: viernes 14 de junio de 2019 10:20 hDécima Época / 2020107 / 1 de 7Tesis Aislada (Civil) TARJETAS BANCARIAS. EL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL (NIP) MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZAN OPERACIONES COMERCIALES, TIENE EL CARÁCTER DE UNA FIRMA ELECTRÓNICA. El Banco de México, en atención al desarrollo del sistema financiero y la protección de los intereses…

Leer más

Transferencia de fondos realizada vía Internet. Corresponde al cuentahabiente demostrar que el sistema que opera las firmas electrónicas carece de fiabilidad.

Sin hacer mención alguna a los artículos que regulan la prueba electrónica y la firma electrónica, tanto del Código de Comercio, como del Código Federal de Procedimientos Civiles, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito emite un criterio con base en el principio onus probandi (el que afirma tiene la carga de la prueba). Tesis: XVI.1o.C.3 C (10a.)Tribunales Colegiados de CircuitoGaceta…

Leer más

Transferencias electrónicas. La institución financiera deberá probar que fueron autorizadas por el usuario mediante firma electrónica.

Tesis: V.3o.C.T.11 C (10a.)Tribunales Colegiados de Circuito Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 57, Agosto de 2018, Tomo IIIDécima Época Pag. 3120 / 2017776 / 13 de 41Tesis Aislada (Civil) TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS. CUANDO SE DEMANDE SU NULIDAD LA INSTITUCIÓN FINANCIERA DEMANDADA DEBERÁ PROBAR QUE FUERON AUTORIZADAS POR EL USUARIO MEDIANTE LOS CERTIFICADOS DIGITALES QUE AVALEN EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA DE ÉSTE.…

Leer más

Nombre de usuario y firma electrónica son medios electrónicos de acceso a la jurisdicción.

Tesis: I.1o.P.29 K (10a.)Tribunales Colegiados de Circuito Gaceta del Semanario Judicial de la FederaciónLibro 57, Agosto de 2018, Tomo IIIDécima Época Pag. 2983 / 2017696 / 10 de 41Tesis Aislada(Común) PORTAL DE SERVICIOS EN LÍNEA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. AUNQUE EL “NOMBRE DE USUARIO” Y LA “FIRMA ELECTRÓNICA” PARA INGRESAR A ESTE SITIO WEB SON MEDIOS ELECTRÓNICOS DE ACCESO A LA JURISDICCIÓN QUE…

Leer más

Es necesario que de la evidencia criptográfica generada con motivo del envío de demanda de amparo indirecto se advierta indubitablemente que la firma electrónica certificada (FIREL) le pertenece.

Tesis: I.1o.A.39 K (10a.)Tribunales Colegiados de CircuitoGaceta del Semanario Judicial de la FederaciónLibro 57, Agosto de 2018, Tomo IIIDécima Época Pag. 2679 / 2017524 / 7 de 41Tesis Aislada (Común) DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO PRESENTADA VÍA ELECTRÓNICA. PARA ESTIMAR SATISFECHO EL PRINCIPIO DE INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA, CUANDO EL QUEJOSO PROMUEVE EL JUICIO POR SU PROPIO DERECHO, ES NECESARIO QUE DE LA EVIDENCIA CRIPTOGRÁFICA GENERADA…

Leer más

Firma electrónica en operaciones bancarias y comerciales. Es una fuente válida y cierta de obligaciones para los tarjetahabientes.

Tesis: I.3o.C.263 C (10a.)Tribunales Colegiados de CircuitoGaceta del Semanario Judicial de la FederaciónLibro 43, Junio de 2017, Tomo IVDécima Época Pag. 2917 / 2014544 / 49 de 158Tesis Aislada (Civil) FIRMA ELECTRÓNICA EN OPERACIONES BANCARIAS Y COMERCIALES. ES UNA FUENTE VÁLIDA Y CIERTA DE OBLIGACIONES PARA LOS TARJETAHABIENTES A MENOS DE QUE SE DEMUESTRE QUE EL PROCESO QUE LE DIO ORIGEN LA HACE VULNERABLE. La…

Leer más

Documentos digitales con firma electrónica avanzada o sello digital. Para su valoración en el juicio contencioso administrativo no debe atenderse al artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles, al tener el mismo valor probatorio que los que cuentan con firma autógrafa.

Tesis: VIII.2o.P.A.18 A (10a.)Tribunales Colegiados de CircuitoSemanario Judicial de la Federación y su GacetaLibro XX, Mayo de 2013, Tomo 3Décima Época Pag. 1782 / 2003562 / 130 de 158Tesis Aislada (Administrativa) DOCUMENTOS DIGITALES CON FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA O SELLO DIGITAL. PARA SU VALORACIÓN EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NO DEBE ATENDERSE AL ARTÍCULO 210-A DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, AL TENER EL MISMO VALOR…

Leer más

Más vale pedir permiso que pedir perdón

Un refrán popular reza “más vale pedir perdón que pedir permiso”, refiriéndose tradicionalmente a temas de orientación familiar (“es mejor hacer algo en contra del deseo de los padres y luego pedir perdón”) o de relaciones interpersonales (“es mejor hacer algo en contra del deseo de la pareja y luego pedir perdón”). A veces extralimitamos el alcance de este refrán a cuestiones sociales, laborales, comerciales…

Leer más
Más
Please enter CoinGecko Free Api Key to get this plugin works.
error: Contenido protegido