GAFI emite nuevas reglas antilavado para activos virtuales

En la última reunión plenaria del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) se emitieron nuevas reglas de carácter vinculante que los países miembro de este organismo intergubernamental y los proveedores de servicios  deberán aplicar para mitigar el lavado de dinero en el uso de activos virtuales, tales como el bitcoin y ether.

Además, los países se verán obligados a registrar y supervisar todos los negocios relacionados con criptomonedas, incluidos los fondos de cobertura, los intercambios y los servicios de custodia, que deberán verificar a sus clientes e informar sobre transacciones sospechosas. El GAFI supervisará la implementación de los nuevos requisitos por parte de los países y proveedores de servicios y llevará a cabo una revisión de 12 meses en junio de 2020.

Las nuevas obligaciones que emitió GAFI van en el sentido de que los países deberán evaluar y mitigar los riesgos asociados con las actividades de activos virtuales y los proveedores de servicios de activos virtuales; además de que éstos deberán licenciar o registrar a los mismos proveedores y someterlos a una supervisión en materia antilavado.

“En particular, no se permitirá a los países depender de un organismo autorregulador para la supervisión de éstos”, indicó el GAFI en su declaración.

Algunas de los puntos clave de las recomendaciones confirmadas del GAFI:

  • Las instituciones financieras, incluidos los proveedores de servicios de activos virtuales (VASP), deberán llevar a cabo “medidas de diligencia debida del cliente (CDD por sus siglas en inglés: Customer Due Diligence)” en escenarios tales como la realización de transacciones ocasionales por encima del umbral designado de USD / EUR 1.000.
  • Además, a partir de ahora, los VASP están obligados a tener implementados procedimientos de diligencia debida con clientes (CDD) que implementen y utilicen de manera efectiva para identificar y verificar la identidad de un cliente en función del riesgo.
  • Normalmente, la información de identificación del cliente requerida incluye información sobre el nombre del cliente y otros identificadores adicionales, como la dirección física, la fecha de nacimiento y un número de identificación nacional único (por ejemplo, número de identidad nacional o número de pasaporte). Sin embargo, también se recomienda a los VASP que recopilen información adicional, como una dirección IP con una marca de tiempo asociada, datos de ubicación geográfica, identificadores de dispositivo, direcciones de billetera y hashes de transacción.
  • Los VASP deben poder preparar un perfil de riesgo del cliente en los casos apropiados.
  • Si un VASP encuentra una “dirección de activo virtual” sospechosa, debe considerar la posibilidad de hacer disponible su lista negra de “direcciones de criptobilleteras” a las autoridades locales. Además, un VASP debería evaluar las direcciones de criptobilleteras de sus clientes y contrapartes, en relación con las direcciones de criptobilleteras en las listas negras disponibles como parte de su monitoreo continuo.
  • Los VASP deben examinar las transacciones para determinar si esas transacciones son consistentes con la información de VASP sobre el cliente. El seguimiento de las transacciones también implica la identificación de cambios en el perfil del cliente.

“Al adoptar los estándares y pautas acordados esta semana, el GAFI se asegurará de que los proveedores de servicios de activos virtuales no operen en la oscuridad. Esto permitirá al sector emergente de FinTech mantenerse un paso por delante de los regímenes deshonestos y simpatizantes de las causas ilícitas en busca de vías para recaudar y transferir fondos sin ser detectado.”, dijo el secretario del Tesoro de Estados Unidos, Steven Mnuchin, después de la reunión plenaria de la Unidad de Acción Financiera de 2019 en Orlando el viernes.

“En los Estados Unidos, he convocado un grupo de trabajo con la Reserva Federal y otros reguladores para asegurarme de mantener el uso de los activos digitales solo para uso legítimo”, agregó.

Con información de: CryptoNews y El Economista.

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Redacción Abogado Digital.

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