La agenda digital municipal como solución legal para el crecimiento económico

Cuando se plantean soluciones a un problema, generalmente se busca analizar sus diferentes ángulos y aristas con la finalidad de entender las causas, los alcances y los procesos que permitan establecer soluciones y estrategias a corto, mediano y largo plazo, existiendo siempre diferentes perspectivas y opciones para enfrentar dicha situación. En el caso de problemáticas complejas que incluyen factores sociales, políticos, jurídicos, geográficos y económicos siempre es importante entender cuáles pueden ser las soluciones intermedias que permitan resolver segmentos del cuestionamiento específico, mediante la utilización de una fórmula que sea implementada de forma gradual hasta lograr una solución general. Tomando en cuenta lo anterior, en relación con el rezago en el despliegue de infraestructura a nivel nacional y la falta de cobertura que permita al Estado garantizar a la población su integración a la sociedad de la información y el conocimiento, es el Municipio el ente habilitador por naturaleza, de acuerdo con lo que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para lograr coadyuvar de forma eficiente en la implementación de regulación y normatividad tendiente a una modernización eficiente. Para el cumplimiento de política de inclusión digital y universal, que establece el apartado B del artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, resulta indispensable implementar estructuras jurídicas que permitan facilitar y normalizar la implantación y crecimiento de los medios facilitadores de un desarrollo efectivo, buscando modernizar cada una de las células básicas que conforman el país, resaltando y resolviendo las necesidades particulares de cada región. Con independencia de los proyectos federales, los planes nacionales de desarrollo y las leyes federales establecidas para cumplir con la competencia, calidad, pluralidad, cobertura, universalidad, interconexión, convergencia, continuidad y acceso libre que requieren los Servicios Públicos de Telecomunicaciones normados en la Constitución, la falta de reglamentación básica es el primer reto a vencer, a efecto de determinar parámetros fundamentales que puedan generar inversión y desarrollo. Derivado de lo antes referido, considero que debe modificarse el enfoque actual que busca construir la transformación digital por una vía única desde el centro del país con una visión federalista y empezar a reglamentar de manera efectiva desde los municipios, que son la unidad básica de la división territorial en los Estados Unidos Mexicanos. Esto puede lograrse mediante la implantación de Agendas Digitales Municipales que integren la política, los parámetros y las proyecciones de dicho orden de gobierno para la atracción, instalación y desarrollo de tecnología que permita avanzar hacia un crecimiento sostenido. En la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión se establece como obligación del Poder Ejecutivo Federal, los Estados, los Municipios y el Gobierno de la Ciudad de México colaborar y otorgar facilidades para la instalación y despliegue de infraestructura y provisión de los servicios públicos de interés general de telecomunicaciones y radiodifusión. Siendo dicho precepto, el que da origen al marco idóneo para que el Municipio pueda identificar las oportunidades de crecimiento, inversión y desarrollo a través de reglamentos, bandos y normas que promuevan la tecnología y las funcionalidades del ecosistema digital. Durante mucho tiempo se ha considerado de manera errónea que la única intervención real de los municipios en el despliegue de redes y tecnología dentro de su demarcación se limita al otorgamiento de licencias y permisos para instalación de equipamiento o realización de trabajos que permitan instalar y poner en marcha la operación de redes de telecomunicaciones y de radiodifusión concesionadas. Esa falsa percepción limita el alcance de nueva regulación municipal para generalizar y clarificar los alcances, procesos y costos para la obtención de dichos permisos y licencias, condenando a los Municipio al atraso y falta de desarrollo. Lo anterior es claramente incorrecto, ya que cada vez es más tangible la instalación de redes 5G; el crecimiento del internet de las cosas; la implantación de desarrollos basados en inteligencia artificial; la utilización de big data; cómputo en la nube y operadores móviles virtuales para temas de seguridad, educación, salud y comercio; la reafirmación del crecimiento de Ciudades Inteligentes (Smart Cities) y la urgencia en el desarrollo y operación de todo tipo de redes comunitarias para abatir la brecha digital. Por esto, la Agenda Digital Municipal es el instrumento que debe permitir, fomentar y lograr el crecimiento de entidades de acuerdo con sus necesidades y características sociales, climatológicas, culturales y económicas con independencia de las políticas públicas que pueda implementar el Gobierno Federal. No puede limitarse la obligación del Municipio a otorgar permisos y/o licencias para instalación y despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones o radiodifusión, ya que dicho órgano de gobierno debe ser un facilitador del crecimiento de sus gobernados, buscando alternativas y nuevas soluciones que puedan resolver situaciones de la vida diaria de sus pobladores. Es a través de la aplicación del marco constitucional,  mediante los bandos, reglamentos y normas como se debe fomentar la inversión,  el correcto despliegue de infraestructura y tecnología, no debiéndose interpretar lo anterior como una intromisión o invasión de facultades estatales o federales. Los principios normativos de la Agenda Digital Municipal se deberán fundamentar en la facultad que tiene el Municipio de establecer reglamentación en materias concretas sin afectación a la legislación estatal y federal existente. Para efectos explicativos, debe señalarse que el Municipio es un orden de gobierno, con territorio, población y autoridades (poder público) propias, en el entendido de que el cuerpo colegiado que administra al Municipio se le denomina Ayuntamiento, que se ayunta en un cabildo compuesto por el Presidente Municipal, los síndicos y los regidores con facultades  cuasi legislativas y libertad hacendaria, teniendo dichas autoridades el alcance legal suficiente para determinar, fomentar y aplicar la Agenda Digital Municipal. Queda claro que las Agendas Digitales pueden ser consideradas como marcos normativos no identificados en nuestra legislación vigente, pero esta apreciación es inexacta, ya que la misma deberá estar integrada por una serie de reglamentos y bandos que formen parte de la estructura legal del Municipio. Dichas Agendas Digitales Municipales, siempre serán coincidentes con las leyes estatales, en el entendido que si hay materias no legisladas, o no de manera suficiente y el ayuntamiento aprueba reglamentos en esa materia, su aplicación tendría prelación sobre la legislación estatal, siempre y cuando no la contradiga. El fomento, inversión e implementación de la Agenda Digital Municipal permitirá que el Municipio mediante el uso de tecnología, cubra los servicios públicos básicos del mismo (seguridad pública, agua potable, drenaje, alumbrado, panteones, mercados, parques, obra pública menor, servicios de limpia, uso de suelo, desarrollo urbano y/o comunitario, transporte público, etc.) de una manera más eficiente. Con la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión  se hace un reconocimiento expreso al Municipio, determinando su  importancia en el desarrollo de la infraestructura y servicios de telecomunicaciones y Radiodifusión. En dicho ordenamiento, se le otorga al Municipio  el derecho, entre otros,  de obtener y operar una concesión de uso social para la utilización de bandas del espectro radioeléctrico en beneficio de sus gobernados, siendo imperante establecer en las Agendas Digitales Municipales los alcances, beneficios y planes aplicables en ese sentido. La Agenda Digital puede contener todos los elementos que de acuerdo con las leyes aplicables le permitan cumplir con su fin, pero sin duda le permitirá determinar los elementos necesarios para participar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en los programas de cobertura social para incrementar el alcance de las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones en zonas de atención prioritaria. La  Secretaría de Comunicaciones y Transportes, podrá definir  las condiciones y términos concretos, de acuerdo con lo que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para estar en condiciones reales de llevar a cabo una verdadera cobertura universal e inclusión digital mediante la cooperación adecuada entre autoridades, siempre con la interacción decisiva de los Municipios en función de sus requerimientos. Debido al creciente aumento de redes  de telecomunicaciones, plataformas digitales asociadas y convergencia tecnología, aunado a temas económicos, políticos y sociales el determinar rutas de crecimiento se complica, siendo muchos los retos por afrontar para lograr una verdadera transformación en México. Sin duda el reordenamiento y desarrollo de Agendas Digitales Municipales, puede generar nuevos procesos de inversión y crecimiento económico para alcanzar un verdadero avance en la conexión igualitaria de nuestro país.
Coordinador del Comité de Telecomunicaciones en Academia Mexicana de Derecho Informático | + publicaciones

Abogado egresado de la Universidad La Salle con Maestría en Derecho de las Tecnologías de Información y Comunicación en INFOTEC. Tiene 20 años de experiencia en Telecomunicaciones, como Director Jurídico de empresas del ramo, así como asesor externo a través de despachos especializados. Actualmente director de Expanzione. Co-autor de Guía práctica de Cómputo en la Nube. Profesor de Derecho de Telecomunicaciones en la Escuela de Derecho Digital, así como en programas nacionales y extranjeros.

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