Transferencias electrónicas. La institución financiera deberá probar que fueron autorizadas por el usuario mediante firma electrónica.

Tesis: V.3o.C.T.11 C (10a.)Tribunales Colegiados de Circuito Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 57, Agosto de 2018, Tomo IIIDécima Época Pag. 3120 / 2017776 / 13 de 41Tesis Aislada (Civil) TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS. CUANDO SE DEMANDE SU NULIDAD LA INSTITUCIÓN FINANCIERA DEMANDADA DEBERÁ PROBAR QUE FUERON AUTORIZADAS POR EL USUARIO MEDIANTE LOS CERTIFICADOS DIGITALES QUE AVALEN EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA DE ÉSTE.…

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