Reconocimiento facial: peor que los prófugos.

Desde la Ciudad de Buenos Aires se festejó el funcionamiento del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP). Este sistema permite monitoriar a los ciudadanos de la ciudad, y comparar los datos obtenidos con el de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CONARC), para intentar identificar a alguno de los 46 mil prófugos judiciales a nivel nacional.

Desde la Ciudad de Buenos Aires se festejó el funcionamiento del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP). Este sistema permite monitoriar a los ciudadanos de la ciudad, y comparar los datos obtenidos con el de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CONARC), para intentar identificar a alguno de los 46 mil prófugos judiciales a nivel nacional.

Tengo que admitir que me alegra mucho más la noticia que nos llegó desde San Francisco, Estados Unidos, anunciando que será la primera ciudad del país del norte en prohibir el uso del reconocimiento facial a los organismos y agencias del Estado. Cuando algunos recién van, otros ya vuelven.

Ocho votos a favor (solo uno en contra) decidieron proteger los derechos de las minorías y proteger la intimidad de las personas en los lugares públicos.

Los datos biométricos de las personas son datos personales sensibles, y sabemos que a partir de ciertas características físicas se pueden obtener datos de origen racial, religioso, hábitos de conducta, sexual, entre otras informaciones. Por consiguiente, el control policial con el reconocimiento facial de sus ciudadanos es una cosa seria.

Nuestra ley de protección de datos personales dice claramente que “queda prohibida la formación de archivos, bancos o registros que almacenen información que directa o indirectamente revele datos sensibles”. A mi humilde entender, esa prohibición tira por tierra cualquier control por reconocimiento facial que se quiera hacer en la Argentina. Debemos aferrarnos a este artículo, hasta que una ley moderna considere expresamente a los datos biométricos como datos sensibles y le brinde la protección adecuada.

Al margen de la ley nacional, la Unión Europea afirmó que la videovigilancia en espacios públicos genera el “chilling effect”, y consecuentemente las personas dejan de actuar naturalmente, vulnerándose espacios creativos, políticos y de disidencia, entre otros. Al explicar este efecto, lo que la Comunidad Europea dice es que los sistemas de reconocimiento facial no solo vulneran la intimidad de las personas, sino la libertad de expresión, de reunión y de petición, todos derechos fundamentales para sostener una democracia fuerte y sana.

En conclusión, festejamos la noticia que viene de San Francisco, mientras otros se alegran por reducir cada vez más las libertades y la intimidad de los ciudadanos.

Sitio web | + publicaciones

Abogado Argentino especializado en Derecho informático y Nuevas Tecnologías. Docente e Investigador en UES 21. Director de consumidorenlaweb.com

Entradas relacionadas

Más
error: Contenido protegido