Prueba electrónica o digital en el proceso penal. Las evidencias provenientes de una comunicación privada llevada a cabo en una red social o chat, para que tengan eficacia probatoria deben haber sido obtenidas lícitamente.

Tesis: I.2o.P.49 P (10a.)Tribunales Colegiados de CircuitoGaceta del Semanario Judicial de la FederaciónLibro 38, Enero de 2017, Tomo IVDécima Época Pag. 2609 / 2013524 / 8 de 9Tesis Aislada (Penal) PRUEBA ELECTRÓNICA O DIGITAL EN EL PROCESO PENAL. LAS EVIDENCIAS PROVENIENTES DE UNA COMUNICACIÓN PRIVADA LLEVADA A CABO EN UNA RED SOCIAL, VÍA MENSAJERÍA SINCRÓNICA (CHAT), PARA QUE TENGAN EFICACIA PROBATORIA DEBEN SATISFACER COMO ESTÁNDAR…

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